Los niños venezolanos nacidos en Colombia desde el 19 de agosto del 2015 podrán acceder a la nacionalidad colombiana. Así quedó establecido en una resolución suscrita por el Gobierno y que cuenta con el acompañamiento de distintas instituciones del Estado.
Según Migración Colombia, cerca de 1,4 millones de ciudadanos venezolanos están en el país. De ellos, 24.000 son niños nacidos en Colombia con padres venezolanos que en la actualidad cuentan con un Registro Civil que dice «No Válido para Demostrar Nacionalidad» y a los cuales la Registraduría les va a hacer la corrección del documento.
Es por esta razón que el Gobierno, con el fin de prevenir que los menores de edad sean apátridas -que no tienen nacionalidad- y accedan a más beneficios del Estado colombiano, firmó esa medida.
“En un gran esfuerzo interinstitucional, nos unimos para decirle a esos 24 mil niños que han estado en esa situación, que hoy se les entregará la nacionalidad colombiana para que tengan este derecho amparado universalmente”, aseguró el presidente Iván Duque.
¿A quiénes beneficia la medida?
A todos los niños y niñas nacidos en Colombia a partir del 19 de agosto de 2015 y cuyos padres sean venezolanos.
¿Es definitiva o transitoria?
Esta medida es de carácter urgente, temporal y excepcional que tiene una vigencia de dos (2) años, contados desde la expedición de la Resolución por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil o cuando cesen las circunstancias que impiden el registro de los niños y niñas como venezolanos.
¿Cuáles son los requisitos?
1. Haber nacido en Colombia
2. El nacimiento debió haberse dado a partir del 19 de agosto de 2015
3. Los padres del niño o la niña deben ser venezolanos.
4. Esta medida también aplica para madres y padres solteros.
¿Cuál es el procedimiento para que un niño o niña venezolana nacido/a en Colombia y de padres venezolanos obtenga la nacionalidad?
Depende. Siga estas rutas a continuación, según sea su caso.
¿Qué se debe hacer si el niño o la niña NO tiene registro civil de nacimiento y cumple con las condiciones para obtener la nacionalidad?
1. Debe acercarse con su pareja (si la tiene) y con el menor de edad a cualquier sede de la Registraduría (aquí puede ver la lista) o Notarías del país (aquí puede ver la lista). Esta medida también aplica para padre o madre soltera, quien deberá demostrar que es venezolano.
2. Para realizar el registro deberá presentar el Certificado de Nacido Vivo de la República de Colombia (documento que se le entrega a la hora del nacimiento).
3. Los padres venezolanos podrán identificarse con uno de los siguientes documentos:
– Cédula de extranjería vigente.
– Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente.
– Pasaporte de la República Bolivariana de Venezuela vigente o vencido.
– Cédula de identidad expedida por la República Bolivariana de Venezuela vigente o vencida.
4. Al finalizar la inscripción en el Registro Civil de Nacimiento, usted recibirá la primera copia del documento, la cual es gratuita.
5. Tenga en cuenta que este Registro Civil de Nacimiento ya incluye la nota “Válido para demostrar nacionalidad” y no tendrá que consultar en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
¿Qué es el certificado de nacido vivo?
Es el documento emitido que prueba la ocurrencia de cada nacimiento en territorio
colombiano. Es un requisito para realizar el registro civil, con lo cual se garantizan los
derechos de cada nuevo ciudadano.
El médico de la institución de salud donde ocurrió el nacimiento es quien emite ese documento. En los casos donde el parto no fue atendido en institución de salud, el certificado podrá ser expedido por el personal de salud autorizado (enfermera, auxiliar de enfermería o promotor de salud).
El médico o profesional de la salud autorizado que atendió el nacimiento, diligencia el certificado de nacido vivo, lo entrega a los padres o familiares, para que en el menor tiempo posible realicen registro civil del nacimiento. La información es registrada en la aplicación de Nacimientos y Defunciones del Registro Único de Afiliados (RUAFND) vía internet.
La expedición del certificado de nacido vivo no tiene ningún costo; se trata de un
documento que hace parte de la atención de salud prestada
¿Qué se debe hacer si el niño o la niña YA tiene el registro civil de nacimiento y cumple con las condiciones para obtener la nacionalidad?
1. No deberá ir a ninguna Registraduría o Notaría a realizar ningún trámite.
2. La Registraduría Nacional del Estado Civil se encargará internamente de incluir la nota “Válido para demostrar nacionalidad” en el Registro Civil de Nacimiento sin que se requiera solicitud del ciudadano.
3. A partir del 19 de diciembre de 2019, consulta en la página web www.registraduria.gov.co si ya se incluyó la nota en el respectivo registro.
4. En caso de que la respuesta sea afirmativa, podrá solicitar una sola copia
gratuita del Registro Civil de Nacimiento en la oficina donde realizó la inscripción.
¿Cuánto se puede demorar la corrección en el registro civil?
La corrección es un proceso interno que realizará la Registraduría Nacional del Estado Civil y se estima que puede tomar hasta cuatro (4) meses desde la expedición esta medida. Mientras tanto, los menores siguen identificándose con el registro civil de nacimiento
que ya les fue expedido.
¿El trámite tendrá algún costo?
No. El trámite para incluir en el registro civil de nacimiento la nota “Válido para demostrar nacionalidad” será gratuito.
¿Cuántas Registradurías hay habilitadas en el país y cuántas realizarán el proceso de inclusión de la nota en los registros civiles?
En el territorio nacional hay 1.196 Registradurías y 902 Notarías que cumplen con la
función registral e implementarán la medida en sus oficinas.
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